Información general
2024-00326 TÉCNICO SUPERIOR DEPORTES
- El plazo de presentación de la solicitud es desde el 07/10/2025 00:00:00
al 04/11/2025 23:59:59
Fuera de plazo
Detalles del Procedimiento
2024-00326 TÉCNICO/A SUPERIOR (Deportes)
Descripción
Plaza: TÉCNICO/A SUPERIOR (Deportes) (Personal Funcionario)
Número de plazas: 1
O.E.P.: 2022- Turno Libre
Perteneciente a la:
• Escala: Especial
• Subescala: Técnica
• Clase: Técnica Superior
Grupo: A- Subgrupo A1
Sistema de selección: Oposición
Titulación exigida: Titulación de Licenciatura de Ciencias del Deporte y de la Actividad Física o su Grado Universitario correspondiente, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Otros requisitos:
- Carecer de Antecedentes por Delitos de Naturaleza Sexual. Este requisito se acreditará mediante el certificado al efecto expedido por el Ministerio de Justicia.
- Carnet de Conducir B en vigor, al objeto de su desplazamiento para la prestación de los servicios: Este requisito se acreditará mediante copia simple del permiso de conducción B (la copia deberá estar completa, anverso y reverso).
- De conformidad con lo establecido en el apartado 3º de la Base TERCERA y el apartado 2º de la Base DECIMOCUARTA de las Bases Generales, publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva n.º 56, de 20 de marzo de 2024, las personas que superen el proceso selectivo deberán acreditar, en el plazo establecido al efecto y con carácter previo al nombramiento, la vigencia de su permiso de conducir B (mediante Certificado de Saldo de Puntos expedido por la Dirección General de Tráfico).
- Derechos de examen: 40,00 €
•
BASES GENERALES: B.O.P. de Huelva n.º 56 de 24 de 20 de marzo de 2024 •
BASES ESPECÍFICAS: B.O.P. de Huelva nº 37, de 24 de febrero de 2025 Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos en las Bases Generales y en las Bases Específicas de la convocatoria.
Plazo de presentación de la solicitud
Desde el 07 de Octubre de 2025 (día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado n.º 240, de 06/10/2025) hasta el 04 de Noviembre de este mismo año, VEINTE DÍAS HÁBILES después.
Las solicitudes o instancias de participación se cumplimentarán a través de medios informáticos y telemáticos, al que se accede pulsando el botón de alta situado en la cabecera de esta página.
Normativa de aplicación
Será de aplicación preferente al presente procedimiento selectivo, las Bases Específicas de cada Convocatoria, cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales y, en su defecto, lo dispuesto en los preceptos establecidos en la normativa vigente aplicable:
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
• Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
• Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
• Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local.
• Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecieron las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
• Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
• Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
• Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
• Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
• Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
• Ordenanza Fiscal Reguladora de los Derechos de examen por concurrencia a pruebas selectivas convocadas por la Diputación Provincial de Huelva (B.O.P de Huelva nº 127, 3 de julio de 2009)
• Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Asimismo, será de aplicación el vigente Acuerdo Mixto de Condiciones de Trabajo del Personal al Servicio de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, entre otras cuestiones, para la creación, gestión y vigencia de las posibles Bolsas de Trabajo que se puedan constituir, y cualesquiera otras disposiciones o jurisprudencia aplicables.
Documentación necesaria para realizar el trámite
Las solicitudes (Anexo I) se presentarán cumplimentando el alta en el procedimiento electrónico creado al efecto dentro del apartado de O.E.P. TURNO LIBRE de la Sede Electrónica de la Diputación de Huelva (https://sede.diphuelva.es). Los documentos que se incorporen deberán estar en formato PDF, conforme a los requisitos técnicos establecidos.
Las solicitudes o instancias de participación debidamente cumplimentadas y firmadas deberán presentarse acompañadas obligatoriamente de la siguiente documentación indicada en las Bases Generales correspondientes:
- documento acreditativo de haber satisfecho la tasa correspondiente en concepto de derechos de examen, o en su caso, aquellos documentos que acrediten la bonificación o exención en el pago de dicha tasa, en la forma establecida en la Base SEXTA;
- copia simple del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y, en el caso de extranjeros, copia simple del documento acreditativo, en la forma establecida en la Base DUODÉCIMA;
- copia simple de la titulación exigida en la Convocatoria correspondiente o documentación acreditativa de abono o exención de derechos de expedición en la forma establecida en la Base DUODÉCIMA;
- copia simple de toda aquella documentación que acredite estar en posesión de los requisitos específicos exigidos según cada Convocatoria correspondiente;
- además, las personas con discapacidad o limitaciones psíquicas o físicas compatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, cuya discapacidad o limita-ción no le permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios para su realización, conforme se establece en la Base TERCERA 2º, a);
Presentación de la solicitud
Pulsando sobre sobre el botón de Alta que aparece en la parte superior izquierda de esta página se iniciará el proceso de presentación telemática de la solicitud. Para realizar el trámite por esta vía se requiere que la persona solicitante posea algunos de los siguientes medios de identificación electrónica:
Abono de Tasas
El pago de la tasa se realizará a través de la entidad CaixaBank, en el siguiente enlace:
https://www1.caixabank.es/apl/pagos/index_es.html?EMISORA=0741251
Se podrá acceder al mismo desde la página web de la Diputación Provincial de Huelva, en el apartado de empleopublico, o mediante ingreso en un cajero automático de CaixaBank, tecleando manualmente el Código de la Entidad: 0741251
El abono se realizará con cargo a una tarjeta de crédito o débito (ésta puede corresponder a cualquier entidad bancaria). Exención/Bonificación
Estarán exentos del pago de la tasa y/o bonificaciones reglamentarias conforme a la normativa general y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de los Derechos de examen por concurrencia a pruebas selectivas convocadas por la Diputación Provincial de Huelva:
a) Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33%. Para disfrutar de dicha exención, deberán hacerlo constar en la instancia o solicitud y acreditar junto con la solicitud de participación expresamente su condición y grado de discapacidad legalmente reconocida, aportando copia de la documentación acreditativa de su condición de persona con discapacidad expedido por el organismo competente en los términos desarrollados reglamentariamente.
b) Las personas aspirantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Convocatoria de las pruebas selectivas.
Para disfrutar de dicha exención, deberán hacerlo constar en la instancia o solicitud y acreditar junto con la solicitud de participación:
1) Original o copia compulsada de Certificado del Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente, expedido a partir de la fecha de publicación en el B.O.E. del extracto de la Convocatoria, en el que conste:
1.1) la fecha como persona demandante de empleo;
1.2) que la persona solicitante no hubiere rechazado oferta de empleo adecuada ni se hubiese negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
2) Además, la persona solicitante deber· aportar, DECLARACIÓN RESPONSABLE acreditativa de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
c) Igualmente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, estarán exentos del abono de las tasas de derechos de examen, las personas aspirantes pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, a las que se refiere el artículo 4 de la citada Ley.
Asimismo, gozarán de una bonificación del 50% en el pago de la tasa las personas aspirantes pertenecientes a familias numerosas de categoría general (artículo 4 de la citada Ley).
Quienes deseen acogerse a estos beneficios deberán hacerlo constar en la instancia o solicitud y acreditar junto con la solicitud de participación el reconocimiento de tal condición a través de la copia simple de la documentación que acredite el título oficial de familia numerosa establecido al efecto, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de residencia del/de la solicitante.
Cómo aportar documentación con la solicitud.
Los archivos de la documentación que acompañen a esta solicitud deben estar convertidos en formato PDF para que la aplicación permita su incorporación. Le sugerimos que comprima los pdf, hay aplicaciones que le ayudarán a hacerlo. Existen también páginas web que pueden hacer esa función de forma gratuita (solo escriba comprimir pdf en el buscador de su navegador y le saldrán varias).
Si aún así supera el máximo de carga de la plataforma NO SE PREOCUPE. Termine el alta de la solicitud y fírmela. Cuando termine todas las operaciones verá que en su Carpeta ciudadana (dentro del apartado Mi carpeta de la Sede electrónica) aparece este trámite. Pulse sobre él y verá que en un apartado llamado Acciones - Incorporar documentación le permitirá subir más documentación (pero recuerde hacerlo siempre durante el plazo de presentación de solicitudes).
Cómo aportar documentación una vez presentada la solicitud - Importante, la presentación de cualquier documentación solo puede realizarse en los plazos habilitados para ello.
Se notificará de forma conjunta a las personas que deban subsanar su solicitud a través del Tablón de anuncios de la Diputación de Huelva.
Una vez se proceda a subir una solicitud ésta queda grabada en la Carpeta ciudadana de la persona solicitante. Para acceder a ella hay que identificarse en la sede electrónica de la Diputación y acceder al apartado de Mi carpeta dentro de Carpeta ciudadana que aparece en el menú superior de la página de la sede electrónica. Éste es el procedimiento para añadir documentación (por ejemplo la documentación para subsanar una exclusión) en los plazos legalmente establecidos.
Al igual que ocurrió en el proceso de alta de la solicitud cuando se suban los anexos o documentos deben estar convertidos en formato PDF para que la aplicación permita su incorporación.
Teléfono Atención Electrónica.
959494882 (horario de atención directa de lunes a viernes de 8:30 a 13.30. Fuera de este horario o con las líneas ocupadas se podrá grabar un mensaje con las dudas).
Información sobre protección de datos.
Observaciones.
Este trámite puede solicitarse también por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Código SIA.
3217968
La información mostrada en esta página tiene valor exclusivamente informativo, teniendo validez legal las Bases de esta Convocatoria publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
Formularios para su descarga
Anexo I: Solicitud descargable
Anexo I: Solicitud descargable
Formulario Oposición a la intermediación de datos
Formulario Oposición a la intermediación de datos
Plantillas.
Fichero que contiene todas las plantillas del procedimiento.