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SUBVENCIONES ACTIVIDADES EN LA PROVINCIA 2026

Información general

SUBVENCIONES ACTIVIDADES EN LA PROVINCIA 2026
  • El plazo de presentación de la solicitud es desde el 17/03/2026 00:00:00 al 30/09/2026 23:59:59 En plazo
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Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades en la provincia. Presidencia. Año 2026.

Personas y entidades beneficiarias.

1. La presente convocatoria contempla las siguientes entidades y personas beneficiarias según dos líneas de subvención diferenciadas:

a) LÍNEA 1 : Entidades locales.

Se financiarán proyectos/actividades que se desarrollen por parte de Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Huelva, que versen sobre materias en las que tenga competencias legalmente reconocidas, que estén relacionadas con el objeto de la presente convocatoria.

b) LÍNEA 2 : Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro.

Se contribuirá a la financiación de proyectos/actividades que se desarrollen por parte de asociaciones, federaciones, ... que tengan impacto en la provincia de Huelva.

En el supuesto de personas jurídicas deberán:

a) Estar legalmente constituidas.

b) Estar inscritas en el correspondiente Registro.

c) Tener domicilio social en la provincia de Huelva.

2. Una misma entidad/persona solicitante solo podrá recibir ayuda para un único proyecto.

3. Un mismo proyecto solo podrá subvencionarse por una sola línea de esta convocatoria.

4. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades o personas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la LGS y concordantes de su Reglamento, ni aquéllas que tengan pendientes de justificación o reintegros de subvenciones concedidas con anterioridad por esta Diputación Provincial. Las entidades/personas beneficiarias deberán estar al corriente en sus obligaciones fiscales y no mantener deudas con la Hacienda Estatal, la Diputación de Huelva y la Seguridad Social, en el momento de la concesión de la ayuda.

(Ver más en apartado 3 de la convocatoria).

Objeto.

1. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones, mediante concurrencia competitiva y convocatoria abierta, del Área de Presidencia de la Diputación de Huelva para la financiación total o parcial de proyectos y actuaciones que repercutan positivamente en la provincia de Huelva. Estas ayudas se conceden en el marco de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1.d) de la Ley 7/85, de 3 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que atribuye a estas entidades la competencia para la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y, en particular, en la planificación del territorio.

2. No podrán subvencionarse por la presente convocatoria aquellos proyectos/actividades que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de algún Área o Servicio de esta Diputación Provincial de Huelva. Para el caso de la Línea 1, no podrán subvencionarse además, aquellos que hayan resultado incluidos en cualquiera de los Planes de Concertación de la Diputación Provincial de Huelva para el año 2026.

    Convocatoria.

    Convocatoria aprobada por Resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial nº 703/2026, de fecha 11 de Marzo.[PDF]

    Presupuesto total y aplicaciones presupuestarias.

    1. El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €) que se imputarán, de la forma siguiente, a las aplicaciones del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Huelva para el ejercicio 2026.

    Aplicación Presupuestaria      Concepto                                                                                                                                     Importe

    00003.92000.46200                        Convocatoria subvenciones de Presidencia para entes locales                                                                 75.000,00 €

    00003.92000.48001                        Convocatoria subvenciones de Presidencia para entes sin ánimo de lucro                                            75.000,00 €  


    2 . La distribución de la cuantía máxima de las subvenciones convocadas entre los créditos presupuestarios asignados a la convocatoria tendrá carácter estimativo y su alteración no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto, mediante resolución de la Presidencia, en virtud del artículo 58.4 del Reglamento 887/2006, de la Ley General de Subvenciones. Tanto la declaración de créditos disponibles como la distribución definitiva de los mismos, en su caso, deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia con carácter previo a la Resolución de concesión.

    (Ver más en apartado 5 de la convocatoria).

    Presentación de solicitudes y procedimientos de selección.

    1. El plazo de presentación de solicitudes para la presente convocatoria se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, y concluirá el 30 de septiembre de este año.

    2. Se establecen dos procedimientos de selección a lo largo del año 2026, para cada una de las lineas, que se realizarán en régimen de concurrencia competitiva según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, conforme al siguiente detalle:

    a) El primer procedimiento de selección se iniciará el día 1 de junio y optarán todas las solicitudes presentadas desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria hasta el 31 de mayo.

    Se asignará para este procedimiento el importe de 50.000,00 €, por cada linea, del presupuesto total de esta convocatoria.

    b) El segundo procedimiento de selección se iniciará previsiblemente el día 1 de octubre. A este procedimiento optarán todas las solicitudes presentadas desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre.

    Se asignará para este procedimiento el importe de 25.000,00 €, por cada linea, del presupuesto total de esta convocatoria. (Ver mas en el punto 10.2 b) de la convocatoria)

    3. Los proyectos que hayan superado la puntuación mínima establecida en el punto decimotercero de esta convocatoria, en el primer procedimiento de selección, pero que no hayan sido subvencionados por no existir dotación presupuestaria en ese procedimiento selectivo, se incorporarán al segundo procedimiento con la misma puntuación que obtuvieron.

    (Ver mas en el apartado 10 de la convocatoria).


    Bases reguladoras

    Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. ( (BOP nº 136 de 18 de Julio de 2016).

    Información y protección de datos

    IMPORTANTE - Cómo presentar la documentación

    Cómo aportar documentación con la solicitud.
    La documentación que debe acompañar a esta convocatoria se indica en el momento de ir cumplimentando el alta de la solicitud. Es importante tener en cuenta que cuando se desee subirla a la plataforma deben estar los archivos convertidos en formato PDF para que la aplicación permita su incorporación. Le sugerimos que comprima los pdf, hay aplicaciones que le ayudarán a hacerlo. Existen también páginas web que pueden hacer esa función de forma gratuita (solo escriba comprimir pdf en el buscador de su navegador y le saldrán varias).

    Si aún así supera el máximo de carga de la plataforma NO SE PREOCUPE. Termine el alta de la solicitud y fírmela. Cuando termine todas las operaciones verá que en su Carpeta ciudadana (dentro del apartado Mi carpeta de la Sede electrónica) aparece este trámite. Pulse sobre él y verá que en un apartado llamado Acciones - Incorporar documentación le permitirá subir más documentación (pero recuerde hacerlo siempre durante el plazo de presentación de solicitudes).

    Cómo aportar documentación una vez presentada la solicitud (subsanaciones/alegaciones y justificaciones)

    Se notificará de forma conjunta a las personas solicitantes que deban subsanar a través del Tablón de anuncios de la Diputación de Huelva.

    Una vez se proceda a subir una solicitud ésta queda grabada en la carpeta ciudadana de la persona solicitante. Para acceder a ella hay que identificarse en la sede electrónica de la Diputación y acceder al apartado de Mi carpeta dentro de Carpeta ciudadana que aparece en el menú superior de la página de la sede electrónica. Éste es el procedimiento para añadir documentación (por ejemplo subsanaciones, aceptaciones...) a una solicitud ya presentada.

    Al igual que ocurrió en el proceso de alta de la solicitud cuando se suban los anexos o documentos deben estar convertidos en formato PDF para que la aplicación permita su incorporación.

    Teléfonos de Atención.

    Sobre la presentación online: 959 494 882 (horario de atención directa de lunes a viernes de 8:30h a 13.30h. Fuera de este horario o con las líneas ocupadas se podrá grabar un mensaje con las dudas).
    Sobre la convocatoria: 959 494 600 extensiones 10633 y 10623, Área de Presidencia (horario de lunes a viernes de 9h a 14h).

    Código SIA-

    3254922

    Publicación.

    Publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva nº 51 (16/03/26).
    Publicación de la Convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

    Anexos

    MUY IMPORTANTE. La solicitudes (Anexo I) y la información de los datos a intermediar se cumplimentan en esta sede electrónica pulsando sobre el botón de Alta que aparece en la cabecera de esta página.

    Para realizar el abono por la Diputación de la ayuda concedida de la entidad/persona beneficiaria deberá estar dada de alta en el sistema de acreedores/as de la Diputación. Este alta se formaliza mediante el procedimiento habilitado en la sede electrónica dentro del Catálogo de servicios/Otros trámites/Alta o modificación de datos de terceros (Tesorería).





    La información mostrada en esta página tiene valor exclusivamente informativo, teniendo validez legal la normativa publicada en el BOP y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

    Templates

    Anexo II. Subsanación.
    Anexo II. Subsanación.
    Anexo V. Aceptación de la subvención
    Anexo V. Aceptación de la subvención
    Anexo VIII. Concurrencia con otras subvenciones.
    Anexo VIII. Concurrencia con otras subvenciones.
    Anexo IV. Renuncia de la subvención
    Anexo IV. Renuncia de la subvención
    Anexo VI.B. Justificación. Linea 2
    Anexo VI.B. Justificación. Linea 2
    Anexo VII. Formulario autorización-oposión intermediación
    Anexo VII. Formulario autorización-oposión intermediación
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    Anexo III. Solicitud de reformulación/alegaciones
    Anexo III. Solicitud de reformulación/alegaciones
    Anexo VI.A. Justificación. Linea 1
    Anexo VI.A. Justificación. Linea 1
    Templates.
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