El procedimiento de Alta en el Registro de Autoridades del BOP permite solicitar, vía telemática, el alta de una entidad y sus personas autorizadas para solicitar la publicación de anuncios en BOP.
La Diputación de Huelva constituirá una base de datos de anunciantes del BOP, que a su vez constará en el Registro de Autoridades y Funcionarios facultados para firmar las órdenes de inserción de los originales destinados a su publicación en el BOP.
Ordenanza reguladora del Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio del Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
Ley 5/2002, de 4 de abril, Reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.
Cumplimentación de la ficha para el Registro de Autoridades y Funcionarios autorizados para firmar órdenes de inserción. Los particulares deberán acreditar de forma fehaciente la condición en virtud de la cual actúan. Esta ficha se cumplimentará con carácter previo a la solicitud de inserción de anuncio en BOP.
Pulsando sobre sobre el botón de Alta que aparece en la parte superior izquierda de esta página se iniciará el proceso de presentación telemática de la solicitud. Para realizar el trámite por esta vía se requiere que la persona solicitante posea algunos de los siguientes medios de identificación electrónica:
DNIe / Certificado Electrónico.
Cl@ve pin.
Cl@ve permamente.
959494704 y 959494892.
959494882 (horario de atención directa de lunes a viernes de 8:30 a 13.30. Fuera de este horario o con las líneas ocupadas se podrá grabar un mensaje con las dudas).